Al Servicio de Coordinación Económico-Presupuestaria de Universidades le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones (Art. 30, apartado 4, orden 6/2025, de 9 de abril de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo) :
- Confeccionar la propuesta de anteproyecto de presupuestos de la Dirección General, así como gestionar los programas presupuestarios asignados al citado órgano e informar sobre su estado de ejecución y grado de cumplimiento, tanto de sus objetivos como de sus líneas de actuación.
- Prestar asesoramiento en materia económico-presupuestaria y, en particular, implementar las medidas para la ejecución del modelo de financiación universitaria.
- Elaborar y gestionar los programas de financiación del sistema universitario, en especial los de carácter plurianual, así como otros instrumentos de financiación y de colaboración necesarios para el desarrollo de las finalidades de las universidades públicas.
- Evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos estratégicos fijados en la programación plurianual de las universidades.
- Realizar el seguimiento de los convenios de colaboración en materia de universidades, así como el conocimiento y toma de razón de los convenios que suscriban las universidades públicas de la Comunitat Valenciana con los departamentos y entidades públicas o privadas dependientes o vinculadas a la Generalitat.
- Recabar la información económico-financiera que las universidades deban suministrar en aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria u otras disposiciones y acuerdos de carácter estatal o autonómico.
- Establecer de acuerdo con la legislación, las normas y procedimientos de elaboración, desarrollo y ejecución del presupuesto de las universidades competencia de la Generalitat.
- Proponer, en el marco de las bases que fije el Estado, los límites máximos del régimen retributivo del personal funcionario y laboral de las universidades, así como el importe de las retribuciones adicionales ligadas a los méritos individuales.
- Hacer el seguimiento y coordinación de las actividades de los entes públicos adscritos a la Conselleria que actúan en el ámbito de las universidades y, en particular, la gestión económico-financiera que no esté expresamente atribuida a la Agencia Valenciana de Evaluación y Prospectiva y al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, en materia de enseñanzas artísticas superiores.
- Gestionar los expedientes de autorización de los costes del personal docente e investigador, así como del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las universidades públicas; y los expedientes de autorización de sus ofertas de empleo público, convocatorias de plazas y relaciones de puestos de trabajo, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en la Ley anual de presupuestos de la Generalitat.
- Cualesquiera otras funciones de análoga finalidad que le sean encomendadas.