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Atrás 04 Patrimoni

  • Fincas urbanas: Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias, diferentes de la vivienda habitual, no deben superan los 45.900 euros. Los valores catastrales se multiplican por los coeficientes establecidos en la convocatoria.
  • Fincas rústicas: Los valores catastrales de las construcciones situadas en fincas rústicas  fincas rústicas, diferentes de la vivienda habitual, no deben superan los 45.900 euros. Los valores catastrales se multiplican por los coeficientes establecidos en la convocatoria.
  • Rendimientos de capital mobiliario /ganancias y pérdidas patrimoniales: La suma de todos los rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales perteneciente a los miembros computables de la familia no podrá superar 2.000 euros. No se incluirán en esta suma: 
    • Subvenciones recibidas para adquisición, rehabilitación o alquiler de la vivienda habitual
    • Renta básica de emancipación
    • Premios por participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias inferiores a 1.500 euros
    • Bono cultural Joven
  • Actividades económicas: La suma de los ingresos procedentes de actividades económicas de los miembros computables de la familia, en estimación directa o en estimación objetiva, no podrá sea superior a 155.500 euros.