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MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR

  • El 50% de los ingresos aportados por cualquier miembro computable de la familia diferente a los sustentadores principales.
  • 625 euros por cada hermano/a, incluida la persona solicitante, que conviva en el domicilio familiar, cuando se trate de familias numerosas o monoparentales de categoría general. 
  • 900 euros para familias numerosas o monoparentales de categoría especial, siempre que tenga derecho a este beneficio. 
  • La deducción aplicable a la persona solicitante es de 2.100,00 euros quen se encuentre afectada de una discapacidad de grado igual o superior al 65%.

Estas deducciones no serán acumulables entre sí.

DISCAPACIDAD

  • 2.100 euros cuando la deducción se aplique a la persona solicitante que se encuentre afectada de una discapacidad de grado igual o superior al 65%. Cuando sea la propia persona solicitando la titular de la familia numerosa o monoparental, las cantidades señaladas serán computadas en relación con los hijos que la compongan.
  • 1.911 euros por cada hermano/a o hijo/a de la persona solicitante o la propia persona solicitante que esté afectada por una discapacidad, legalmente cualificada, de grado igual o superior al 33% por ciento.
  • 2.981 euros cuando la persona que esté afectada por una discapacidad sea de grado igual o superior al 65%.
  • 4.100 euros, quan sea la propia persona solicitando quien esté afectada por la discapacidad de grado igual o superior al 65%.

HUÉRFANA ABSOLUTA

  • El 20% de la renta familiar cuando sea la persona solicitante menor de 25 años.

Requisitos académicos Manuela Solís