AUTORIZAS: Autorización para la implantación de títulos universitarios oficiales

Obtenido el informe favorable de necesidad y viabilidad académica y social (NECESITAS) y tras resolverse el procedimiento de verificación ante el Consejo de Universidades y verificada la memoria ante la AVAP (VERIFICAS), cada universidad pública o privada de la Comunitat Valenciana deberá solicitar la autorización del Consell para la implantación del nuevo título universitario oficial (AUTORIZAS).

 

Preguntas frecuentes

Atrás 02 ¿Qué documentación debe aportarse?

La solicitud de autorización de implantación (AUTORIZAS) que tiene que estar suscrita por el rector o la rectora de la universidad correspondiente, tiene que ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad pública o órgano correspondiente en las universidades privadas
  • Informe favorable del Consejo Social de la universidad pública o órgano correspondiente en las universidades privadas
  • Resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades de las enseñanzas solicitadas
  • Memoria definitiva del plan de estudios verificada
  • Informe emitido por la AVAP
  • Declaración responsable del rector o rectora sobre la adecuación de las infraestructuras universitarias a las necesidades docentes e investigadoras de acuerdo con la legislación vigente en la materia; el cumplimiento de las condiciones de prevención de riesgos laborales, requisitos acústicos y de habitabilidad que exija la legislación vigente en estas materias; y la disponibilidad de las condiciones arquitectónicas y de accesibilidad que, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable, posibiliten el acceso y movilidad de personas con discapacidad

Adicionalmente, y según las características del título a implantar, se tiene que aportar la siguiente documentación:

  • En caso de títulos interuniversitarios coordinados por una universidad no integrada en el Sistema Universitario Valenciano, documentación favorable de la agencia de calidad de la cual dependa la universidad coordinadora
  • En caso de no haber aportado convenio o concierto en la fase NECESITAS respecto a las prácticas curriculares obligatorias, convenio o concierto debidamente formalizado
  • En caso de que el plan de estudios se imparta en modalidad virtual, convenios subscritos para la realización de exámenes en sedes distintas a las de la universidad responsable de la enseñanza
  • Para las titulaciones a impartir en centros adscritos en la universidad, se tendrá que aportar el convenio de adscripción, o en su caso la modificación de este, que incluya la titulación que es objeto del procedimiento de implantación.